[adinserter block="95"] [adinserter block="96"]
22.1 C
Caracas
lunes, 8 julio, 2024
[adinserter block="95"] [adinserter block="96"]

Apitz: Declaratoria de Estado de Alarma presionará a la FAN para que haga frente al caos

-

[adinserter block="18"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 2"]

Caracas.- El presidente encargado de Venezuela, Juan Guaidó, anunció este 10 de marzo que solicitará a la Asamblea Nacional (AN) en sesión extraordinaria del lunes, que se declare un Estado de Alarma, de acuerdo con el artículo 338 de la Constitución, ante el apagón generalizado que ya cumplió 72 horas en algunas entidades del país. Además, les recordó a los miembros de la Fuerza Armada Nacional que era el momento de “dar el paso”.

LEE TAMBIÉN: 

RODRÍGUEZ ANUNCIÓ SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES LABORALES Y EDUCATIVAS EL LUNES #11MAR

Juan Carlos Apitz, abogado constitucionalista, aseguró a El Pitazo que cuando se decreta el Estado de Excepción por catástrofe o calamidad pública, quiere decir que los ciudadanos o la seguridad de la nación están en peligro, y el jefe de estado debe tomar decisiones para impedirlo, entre ellas, solicitarle apoyo a la Fuerza Armada Nacional (FAN).

A pesar de que los militares aún acompañan a Nicolás Maduro, Apitz señala que deben colaborar con la restitución de los derechos de los venezolanos que han sido vulnerados.

[adinserter name="ADMANAGER | INREAD 1"]

“La declaratoria del Estado de Alarma es para presionar a las fuerzas armadas, a que hagan algo frente al caos que se vive en Venezuela. Solo han actuado para sostener a Maduro en el poder, no para ayudar a la ciudadanía a paliar esta situación”, afirmó.

El artículo 236 numeral 7 de la Carta Magna establece que el Presidente de Venezuela, tiene la facultad de declarar Estados de Excepción y decretar la restricción de garantías. Mientras que el artículo 338, evocado por Guaidó, señala que tales estados durarán 30 días, siendo prorrogables por 30 más.

Apitz descartó que Guaidó, como presidente de la Asamblea, pida ante la plenaria autorizar el empleo de una misión militar extranjera, conforme con lo previsto en el artículo 187 numeral 11 de la Constitución. Recordó que el Grupo de Lima y el gobierno de Estados Unidos, han mantenido su posición de no promover una intervención militar en Venezuela.

- Advertisement -[adinserter name="ADMANAGER | INREAD 2"]

De igual forma, no haría falta decretar un Estado de Excepción por Alarma, para autorizar el empleo de misiones porque es una situación ya prevista en la Constitución.

[adinserter block="19"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 1"]
[adinserter block="79"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 2"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 3"]
[adinserter block="78"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 3"]
[adinserter name="ADMANAGER | TOP 4"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 1"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 2"]
[adinserter name="ADMANAGER | MIDDLE 4"]
Ayúdanos a cubrir todo el país
Hazte Superaliado/a