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lunes, 8 julio, 2024
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AN aprueba Ley Especial de Contrataciones en medio de observaciones y críticas

El instrumento legal regulará la contratación de servicios financieros que le permitirán al Gobierno interino utilizar recursos y activos recuperados

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La Asamblea Nacional aprobó un instrumento legal que permite la contratación de empresas para recuperar y proteger activos y recursos en el extranjero y, por el otro lado, dio luz verde a un informe que permite la contratación de una empresa para el manejo del Fondo para la Liberación de Venezuela.

En cuanto al instrumento legal, el 19 de mayo se presentó y aprobó en plenaria la primera discusión del proyecto de “Ley Especial de Contrataciones Públicas asociadas a la defensa, recuperación, aseguramiento y resguardo de los activos, bienes e intereses del Estado venezolano en el extranjero”.

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Siete semanas después, este jueves 9 de julio, tuvo lugar la segunda discusión de este proyecto que, incluso antes de ser discutido y aprobado, obtuvo un voto salvado de la Fracción 16 de Julio, que cuestionó el no tener acceso al documento, que tampoco pudo conocer la prensa.

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El diputado Luis Silva, vicepresidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional y proponente de este proyecto, afirmó que se busca reglamentar el uso de activos recuperados y que el instrumento obliga a rendir cuentas y actuar con transparencia. Silva destacó también que el instrumento obliga a la conformación de Comités de Licitaciones, entre otros mecanismos de control, cuando se vayan a hacer adquisiciones de bienes.

La idea es, según explicó el parlamentario, en primer lugar, recuperar y poner a salvo los activos venezolanos en cualquier parte del mundo. Y en segundo lugar, garantizar que el uso que se dé a cualquier recurso utilizado cumpla con los principios de legalidad, responsabilidad, rendición de cuentas, eficiencia y eficacia.

El proyecto, ya aprobado en segunda discusión, contempla la posibilidad de contratar empresas especialistas en recuperación de activos a las cuales se les pagaría por “objetivo cumplido” y también regula los parámetros que se deben cumplir para la contratación de los asesores jurídicos.

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En cuanto a la remuneración por estos objetivos cumplidos o incentivos, el instrumento indica que no puede ser más de 9% del total recuperado. El monto también dependerá de la complejidad del caso y será pagado una vez se haga efectiva dicha recuperación. 

En ese mismo artículo, el 17, se prevé que toda la información suministrada o recabada será de carácter confidencial y no podrá ser develada a terceros, obligación que se mantendrá hasta los 24 meses siguientes a la terminación del contrato, y el ente público contratante será el propietario de esa información.

Silva insiste en que el pago a estas empresas se hará una vez que el activo sea recuperado y esté resguardado por la República.

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En cuanto a las licitaciones, el diputado señala que las características de las licitaciones dependerán de la operación que se realice, pero que siempre habrá “un Comité de Licitaciones. Y el Contralor siempre tiene que actuar, además de que una de las principales funciones de la Asamblea Nacional es la función contralora, la cual es irrenunciable”. 

En cuanto a las licitaciones, el instrumento señala que cada órgano o ente se constituirá una comisión de contrataciones ad hoc cuyos integrantes, en número impar, serán designados por cada órgano o ente contratante. También habrá un Consejo de Administración del Gasto que autorizará junto al ente contratante la adjudicación de los contratos. 

Otro requisito es que sean invitadas al menos tres firmas, salvo razones excepcionales que, explicadas, requieran un número menor. Estas invitaciones deberán ser públicas. Además, se contará con parámetros y regulaciones que permitan no solamente contratar a una firma idónea, sino también el saber cómo actuar frente a eventuales conflictos de intereses.

Para Silva es importante que se entienda que la naturaleza de la propuesta es dual: 

1) Estímulo a la recuperación de activos.

2) Reglamentación de su eventual utilización.

El diputado también aclara que este instrumento no sustituirá a la Ley de Contraloría, mientras que el procurador especial, Enrique Sánchez Falcón, dijo que tampoco se sustituirá la Ley de Contrataciones y que este instrumento es provisional, mientras ocurre un cambio de gobierno.

Además, la Ley también plantea la creación de un Consejo Nacional de Defensa Judicial, que recomendará estrategias y estará conformado por cinco juristas electos por la Asamblea. 

La Ley también contempla exclusiones para las contrataciones que tengan por objeto la adquisición de bienes y servicios que se encuentren en el marco de los convenios suscritos por la República, los servicios laborales y el arrendamiento de bienes inmuebles. Es algo que Sánchez Falcón dice que es normal y que también sin excepciones aparece en la actual Ley de Contrataciones.

El diputado Silva destaca que la Ley no solo se limitará a los activos protegidos actualmente en Estados Unidos por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (Ofac por sus siglas en inglés) y señala los dos fondos que existen en la actualidad: 

“El Fondo de Litigios, cuyo propósito es defender jurídicamente a los activos venezolanos que están siendo objeto de demandas por el incumplimiento del régimen” y que pudieran llegar a 15 mil millones de dólares», según el diputado.

Silva agrega que “no todos los activos están protegidos por la Ofac. La protección de la Ofac funciona para los activos ubicados en USA y también protege de demandas de ciudadanos norteamericanos. Es importante que se sepa que la protección de la Ofac no es permanente. Adicionalmente, hay valiosos activos en Europa y Asia que no están protegidos. Algunos de ellos ya están siendo reclamados por representantes del régimen”, dice el parlamentario. 

El otro Fondo al que hace referencia es el ya conocido Fondo para la Liberación de Venezuela y Ayuda a personas con Riesgo Vital. De este Fondo, dice Silva, saldrán los recursos, entre otros, del programa de Héroes de la Salud, para dar una ayuda durante tres meses al personal que trabaja en el sistema de Salud.

Asegura que la aprobación, este jueves, de los dos instrumentos permitirá concretar este proyecto. 

Observaciones de Transparencia

De los 20 artículos que tiene la Ley, la organización Transparencia Venezuela hizo observaciones a nueve artículos. Entre ellas, la ONG plantea que las exclusiones previstas en la Ley “no limitan ni eliminan la obligación de transparencia. Toda contratación, compra o adquisición que sea o no a través de contrataciones abiertas o por licitaciones o esté dentro de las exclusiones debe registrarse en un documento público que recoja todos los datos relativos a cada acto”. 

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Otra observación tiene que ver con la Comisión de Contrataciones. Transparencia Venezuela señala que se deben incorporar artículos que regulen a la autoridad encargada de la asignación de los miembros de las comisiones de contratación ad hoc, el número, así como las cualidades mínimas que debería tener cada miembro, dar a conocer quiénes son esos miembros y la prohibición de que un mismo miembro pueda estar en varias comisiones. 

Empresas que administrarán el Fondo para la Liberación

Aún y cuando se dio como un hecho en la sesión del martes 7 de julio, este jueves 9 de julio la Comisión de Finanzas dio luz verde para que una misma empresa, que actúa bajo dos figuras, administre y sea agente de desembolso en el Fondo para la Liberación de Venezuela y atención en casos de riesgo vital. 

Esta empresa norteamericana de capital de riesgo con base en Delaware cobrará 1.250.000 dólares por sus servicios. Se trata de BlueRun Ventures (BRV), que actuará como BRV Administration Co. LLC y BRV Disbursement Co. LLC. El informe señala que cualquier inconveniente se dirimirá en tribunales de Nueva York, Estados Unidos.

Según los documentos publicados en la Gaceta Legislativa de fecha 8 de julio, se observa la modificación, tanto de la Ley Especial del Fondo para la Liberación como de su Reglamento. Se trata de los artículos 8 de la Ley y 16 del Reglamento, que señalan a la Organización de Estados Americanos (OEA) para que cumpla un papel de tesorero a través de asistencia técnica. Sin embargo, en la nota de prensa publicada junto a la Gaceta Legislativa se lee:

“Tras distintas rondas de conversaciones del Gobierno Legítimo con representantes de la OEA y del Gobierno de los Estados Unidos, se concluyó que, tanto por dificultades técnicas como por el importante ahorro económico que iba significar para el Estado venezolano, resultaba más práctico y eficiente delegar en las organizaciones internacionales privadas especializadas la administración del fondo”.

Esta modificación no fue comentada o discutida en la sesión del 7 de julio ni en la de este 9 de julio.

 

 

 

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