Foto: vtv.gob.ve
Caracas.- El gobierno de Nicolás Maduro fijó su criptoactivo, el petro, como la unidad de cuenta para el pago de aranceles. Por tal razón los registros y las notarías, tanto mercantiles como civiles, deberán empelarla como referencia, de acuerdo con lo establecido en la reforma a la Ley de Registros y Notarías, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.668, con fecha del 16 de diciembre de 2021 y oficializada este 20 de enero en Gaceta Oficial 42.301.
La reforma de la Ley de Registros y Notarías incide en todos los trámites que se ejecuten en esas dependencias u organismos públicos, desde tramitar una copia hasta registrar una empresa. Los montos reflejados para cualquier operación se pagarán en bolívares, pero serán equivalentes al monto fijado en petros, según su valor en la fecha de la solicitud o gestión.
Los precios fijados de algunos de los trámites más comunes son los siguientes:
A continuación la Gaceta Oficial con la totalidad de los precios
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